La DGT está multando con 600 euros y 6 puntos a todas aquellas personas que realicen una maniobra en carretera tan temeraria como “tradicional”. Un gesto que algunos hacían normalmente al volante ahora se ve como una falta. La velocidad es un punto crucial a la hora de no ser multados por la DGT. Es una asignatura pendiente para muchos ciudadanos/as cuando manejan, pese al férreo control del organismo. Pere Navarro y su equipo ponen especial énfasis en los radares, la herramienta más utilizada para captar los errores de velocidad de los usuarios. Dispone ya de más de 1.300 dispositivos repartidos por todo el país.
Desde su instalación, los radares tienen un margen de error del que se han aprovechado durante un largo tiempo los más temerarios. No obstante, tras un ajuste en el control meteorológico del Estado ya no será posible realizar determinados actos sin recibir una multa de la DGT en casa. Hasta ahora, el límite de los radares de la DGT (fijos y móviles) seguían la regla del 5 y del 7 para tomar la fotografía y procesar la sanción.
- Debajo de los 100 km/ hora, había un margen de 5 kilómetros para los fijos y 7 para los dispositivos instalados en vehículo.
- Por encima de los 100 km/hora, el margen se asocia al 7%. Esto quiere decir que, si estás en una vía de 120 km/hora, el radar hace la fotografía si sobrepasas los 128,4 km/hora o más.
La nueva Ley de Tráfico ha traído cambios en la DGT
La nueva Ley de Tráfico ha cambiado la forma de proceder de la DGT y los propios individuos. Se ha derogado el margen de 20 km/ hora para adelantar en las carreteras convencionales o el aumento de puntos restados ante infracciones vinculadas con el teléfono móvil. Incluso el ambientador en el retrovisor puede ser sinónimo de sanción si la policía lo cree conveniente. Estas transformaciones terminan por afectar, además, al margen de los radares de la DGT.
Si el usuario/a adelanta mal, según la nueva Ley de Tráfico, puede enfrentarse a una sanción económica por realizar una maniobra no permitida, incluso a una pérdida de puntos. Estos pueden ser los importes a pagar en estos casos según el tipo de maniobra:
- Un vehículo adelanta a otro a una velocidad entre 91-120 km/h: 100 euros de multa. No pierde puntos.
- A 121-140 km/h: Multa de 300 euros y pérdida de dos puntos del carnet de conducir.
- A 141-50 km/h. Multa de 400 euros y pérdida de cuatro puntos.
- A 151-160 km/h: Multa de 500 euros y pérdida de seis puntos.
- A 161 km/h en adelante: 600 euros y pérdida de seis puntos.
Márgenes de error de los radares
Después del establecimiento del Orden ministerial (ICT/155/2020 de 7 de febrero publicado en el BOE), que regula el control metrológico del Estado, así quedan los márgenes de error de los radares fijos, móviles o aéreos:
- Radares fijos y radares móviles de trípode o en vehículos parados. El margen de error es de -3 km/h hasta 100 km/h. Se aplica la regla del 3% por encima de los 100 km/h.
- Radares aéreos o Pegasus. Se aplica el mismo margen del -5 km/h hasta 100 km/h y de -5% a partir de 100 km/h (126 km/h).
- Radares sobre vehículo. Aplica el margen es de -5 km/h hasta 100 km/h y la regla del 5% si la vía es de más de 100 km/h (128,4 km/h).
- Radares de tramo. Su aplicación es igual que los fijos, con un margen de error de -3 km/h hasta 100 km/h y el mismo porcentaje 3% por encima de 100 km/h (123,6 km/h).








