Comenzó la Campaña de Rentas 2024 donde calculas todos tus ingresos obtenidos en el periodo fiscal 2024 y presentas tu declaración de Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas (IRPF). Pero durante este periodo también se presentan muchas dudas sobre dicha declaración. Este año Hacienda asesta el mismo golpe a los autónomos que el año pasado y además estrena una nueva forma de advertencias.
Ahora son tres fases de avisos que te envía al declarar
Con el fin de dar asistencia a todos los contribuyentes, este año Hacienda dará tres avisos. El primero corresponde a olvidos u omisiones en los datos y aquellos casos en que los autónomos y contribuyentes hayan hecho cualquier operación en plataformas virtuales y no los declararon. La segunda fase se hace junto a la primera y consiste en un recordatorio de lo que se advirtió en esta última.
La tercera fase es la más delicada y es la que se envía a los autónomos y tributantes que declararon pero modificando la información que les dio el ente tributario. La misma es enviada por la aplicación, RENTA Web, correo electrónico y por carta. En ella se da la opción de que elabores una declaración complementaria o sustitutiva. En esta fase es donde deberás decidir si haces esta última o te arriesgas a dejarla así.
El duro golpe que Hacienda da a los autónomos
Esta normativa ya la aplicó Hacienda a los autónomos en la declaración del Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas el año pasado y se refiere a que todos los autónomos tienen la obligación de presentar el modelo 100 correspondiente a la declaración de rentas independientemente del resultado de su ejercicio económico, es decir, si han tenido pérdidas o si no han tenido beneficios dinerarios.
Esta novedad, impuesta en el 2024 cuando se declaró el ejercicio del 2023, ha resultado una desagradable sorpresa para los autónomos (que se le viene a sumar a las nuevas cuotas que empiezan a regir este 2025). Ya que un grupo bastante grande de estos contribuyentes se había dirigido al ente rector tributario a fin de que reconsideraran esta medida, pero esta petición no fue tomada en cuenta.
En los años anteriores al 2023 solo debían presentar declaración aquellos que trabajan por cuenta propia y que sus negocios hayan producido una ganancia neta anual superior a los 1000 euros. Para que evites ser multado por olvidos, te damos las fechas fiscales que debes tener presentes para realizar este importante trámite. Comenzamos por decirte que debes realizarla dentro del periodo del dos de abril al 30 de junio de 2025.
En este lapso de tiempo puedes hacerla de forma virtual a través del sitio Renta Web del organismo tributario, para elaborarla necesitas tener firma electrónica, Pin de 24 horas o DNI virtual que sea reconocible por el ente, un número de referencia y haber dado un correo electrónico que esté activo ya que esta será la única vía, además de la aplicación, que Hacienda dispondrá para comunicarse contigo.
Algunas exenciones que puedes interponer al declarar tu IRPF
Hacienda avisa que puedes deducir de tus impuestos algunos casos como reinversión en vivienda principal o adquisición de otra en caso de ganancia patrimonial, por alquiler de vivienda, si posees familia numerosa donde puedes pedir reembolsos anticipados cuando se trate de que tengas a cargo familiares con discapacidad o ascendiente con un mínimo de dos hijos y por maternidad con hijos menores a tres años.
En conclusión, Hacienda tiene un nuevo formato de advertencias que se da en tres fases y da un duro golpe a los autónomos al exigirles que deben presentar su declaración de IRPF hayan tenido ganancias o pérdidas en su negocio (para evitar que, si eres autónomo, te desplumen es mejor que conozcas estos ocho gastos que puedes deducir de tus impuestos). Por lo que debes estar ojo avizor si trabajas por tu cuenta.












